Los delitos financieros han ido adquiriendo lamentablemente, su lugar en nuestro vocabulario a fuerza de escucharlos; la CONDUSEF hace un trabajo muy importante informándonos acerca de los delitos relacionados con la protección de datos o con las prácticas financieras en internet.
Los términos legales son los siguientes.
El Vishing
Por ejemplo, es la suplantación de personal de instituciones financieras, bancarias o de algún otro operador financiero, que encuentran a sus víctimas a través de la telefonía celular principalmente – también esas bases de datos suelen adquirirse fraudulentamente – para obtener los datos de la víctima diciéndole que se identificaron compras o cargos no autorizados, que se ha ganado algún sorteo, de esos en los que uno nunca ha participado, o que se tiene acceso a alguna promoción. Después de obtener los datos, el delincuente queda en entera libertad de perpetrar un fraude. Hay que tomar en cuenta que por lo general las instituciones o empresas serias no recurren a llamadas de ese tipo y que, en todo caso, lo mejor es no proporcionar ningún tipo de información y contactar de inmediato al personal financiero al que solemos tener acceso directo.
El Phishing
Es una variante del vishing más bien relacionado con la suplantación de identidad, en este caso el contacto no es telefónico sino escrito, ya sea a través de mensajes de texto o correo electrónico en el que se alude a errores en estados de cuenta, devoluciones, impagos, intereses por cobrar y electrónicamente se solicita información personal, no es raro que incluso, los delincuentes soliciten una autorización para el uso de dichos datos, de nuevo, los criminales disponen de todo lo necesario para cometer más ilícitos. En este caso, ayuda mucho observar bien el origen del escrito y, como en el caso anterior, no responder sino contactar a los ejecutivos que generalmente nos atienden.
Pharming:
Se llama Pharming al hecho de dirigir a un usuario desde la página en la que navega, a través de una liga falsa, una ventana emergente o algún anuncio, a otro lugar de internet a efecto de perpetrar también el robo de información; un buen programa antivirus dispone de elementos que alertan de la navegación en lugares inseguros y desde luego, no hay porqué dar información a una fuente con la que no hemos tenido contacto o a la que no hemos solicitado ningún servicio.
Trashing:
Es la práctica ilícita de buscar, literalmente, nuestra información en la basura; todos hemos recibido esos correos que nos hacen saber que ganamos un enorme premio en la Eurolotería, con un billete que no compramos, o el consabido de la viuda o la huérfana que no sabe qué hacer con los millones de euros que su padre dejó varados en un banco de una nación africana o de un perdido emirato del medio oriente donde nos piden nuestros datos para entregarnos en administración sumas fabulosas, esos correos habitualmente esconden virus destinados al robo de información. En estos casos basta con no contestar el correo, dejarlo en la bandeja de spam o mandarlo ahí; de nuevo, un programa avanzado anti virus hará el trabajo, pero lo fundamental es no contestar, ni para maldecirlos, porque el correo es la llave que le abrirá la puerta al virus y a un uso incontrolado de nuestra información.
Condusef nos anuncia que hay un crecimiento anual del 28% en los reportes de esos delitos, según datos de El Economista, pero también que el 49% se originaron en un correo electrónico, el 34% en un punto de venta, el 11% en llamadas telefónicas y un 3% en un cajero automático.
El hecho es que, en la mayor parte de los casos, para la comisión de esos delitos se requiere la anuencia de la víctima, es decir, que digamos que sí o entremos al juego de alguna manera, por lo tanto, antes de que nos embauquen o nos timen sin darnos cuenta, lo más importante es cortar la comunicación de inmediato y reportar a nuestra institución financiera o a la autoridad cuando antes.
César Benedicto Callejas
Abogado. Investigador SNI
@cbch70